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PERSPECTIVE

Entrevista con Dick Thornburgh Parte III

El proceso de auto-determinación de Puerto Rico:

"Estoy convencido de que cuando el Congreso haga su trabajo, los votantes en Puerto Rico harán el suyo."

-Dick Thornburgh


18 de octubre de 2002
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El ex-Procurador General Dick Thornburgh comenta sobre el status político de Puerto Rico

Esta semana el Herald ofrece la Parte III de una reciente entrevista con el ex-Procurador General de los Estados Unidos, Dick Thornburg, realizada por Lina Younes, ex-Jefa de la Oficina de El Vocero de Puerto Rico. En la entrevista Thornburgh compara las probabilidades de cambios en el status político de Puerto Rico con la experiencia que han vivido los ex-territorios de los Estados Unidos en las islas del Pacífico. También comenta sobre los plebiscitos locales en Puerto Rico concluyendo que han sido ejercicios inútiles. "El Congreso tiene que definir las opciones de status que considera que son legalmente válidas y consistentes con los intereses nacionales, de modo que los votantes en Puerto Rico puedan obrar en interés propio para escoger un status que el Congreso esté dispuesto a ejecutar". Thornburgh pone en duda iniciativas tales como la Comisión de Unidad y Consenso: "Acciones unilaterales, con base a un ‘consenso’ de líderes partidarios obrando en el vacío político de una asamblea constituyente local, no producirán los resultados deseados".

En la Parte II de la entrevista, publicada en la edición del Herald la semana pasada, Thornburgh explica por qué no es apropiado que Puerto Rica pretenda igualdad entre naciones soberanas. "Puerto Rico no cuenta con una personalidad jurídica internacional legal ni capacidad de obrar a nombre propio, igual que es el caso del estado de Oklahoma, el condado de Dade, la ciudad de Los Angeles o el territorio de Guam". Respecto a la relativa autoridad de la Constitución de Puerto Rico, si se da el caso que sus provisiones están en conflicto con las leyes de los Estados Unidos, Thornburgh cita un recién dictamen de un tribunal federal donde el juez mantuvo la sentencia de la pena de muerte por un crimen cometido en Puerto Rico, a pesar de que la Constitución local prohibe la pena capital. "En Puerto Rico, para quienes argumentan que la Constitución local prohibe las ejecuciones federales, o que Puerto Rico no ha dado su consentimiento para que se ejecute a nivel local la ley federal que impone la pena de muerte, este dictamen sólo puede significar una cosa: la Constitución local no creó un pacto bilateral inalterable con base a mutuo consentimiento".

Dick Thornburgh, que se desempeña como abogado en el bufete de Kirkpatrick & Lockhart, LLP, en Washington, D.C., fue el Procurador General de los Estados Unidos bajo los Presidentes Reagan y Bush. También sirvió dos términos como Gobernador de Pennsylvania. Es un experto en relaciones del gobierno federal con sus territorios y a menudo escribe y presenta cátedras sobre el tema. Frecuentemente lo invitan a formar parte de paneles de expertos y a comparecer ante comités del Congreso cuando se atienden asuntos relacionados con Puerto Rico.

Entrevista con Dick Thornburgh, Parte III

PREGUNTA:

¿Por qué no puede el Congreso de los Estados Unidos legislar cambios para darle más poderes al gobierno local en Puerto Rico?

RESPUESTA:

La realidad constitucional que tiene que aceptarse incluye el hecho que el Congreso puede adoptar una fórmula para el Estado Libre Asociado mañana y a la semana revertirla o eliminarla. El Congreso puede hacer eso sin el consentimiento de Puerto Rico.

Lo que el Congreso no puede hacer es enmendar la Constitución de los Estados Unidos para hacer que toda o parte de la fórmula del Estado Libre Asociado sea permanente o quede constitucionalmente garantizada. Ese es un hecho básico que no cede ante cualquier grado de voluntad política.

Por lo tanto, las "mejoras" que se pretenden para compensar a los residentes territoriales por las injusticias de su falta de voto son soluciones temporales y no permanentes. Por eso es que el profundo dilema del estancado proceso de resolución del status de Puerto Rico se vanaliza con el término "déficit de democracia".

Cuando una persona tan distinguida como el Juez Trías Monge repite su astuto relato sobre cómo hasta los poderes de Dios son limitados, de modo que el Congreso puede acordar limitar sus poderes, está expresándose incorrectamente pero con perspicacia. Se debe precisamente a los límites que la Constitución impone en los poderes del Congreso lo que evita que el Congreso pueda conferir a Puerto Rico un status que no provee ni reconoce la Constitución de los Estados Unidos.

Si el Congreso pudiera excederse en sus poderes limitados sólo porque tiene la voluntad política de hacerlo, no existirían las leyes.

Además, el crear consignas indicando que "cualquier cosa es posible si existe la voluntad política" también lleva a preguntar: ¿la voluntad política de quién? La voluntad local tiene que traducirse a voluntad nacional antes de que el Congreso pueda actuar y la idea de Puerto Rico convirtiéndose en una nacion dentro de nuestra nación está perdiendo en vez de ganar viabilidad a medida que el mundo cambia.

De modo que los recientes ensayos del Juez Trías Monge declarando nociones históricas de soberanía obsoletas, particularmente en el contexto de administración territorial, parecen estar sumamente erradas. Durante las décadas de la larga Guerra Fría tal vez los Estados Unidos habrían estado dispuestos a aceptar acuerdos de status territorial poco convencionales, al menos temporalmente.

Pero en el mundo después de la Guerra Fría, las reglas básicas son hacia la globalización, así como nuevas imperantes de seguridad nacional relacionadas con la plaga del terrorismo, que hacen que esas formas de autonomía no convencional resulten mucho menos atractivas. Integración o separación basadas en principios históricos de soberanía, en vez de autonomía sostenida sin una resolución clara de status, son probabilidades mucho más realistas que las nociones de soberanía compartida y delegada en conjunto que concibe Trías Monge.

Para ilustrar este punto, los Estados Unidos entablaron elaborados tratados de asociación libre con tres naciones del Pacífico por razones que no tenían nada que ver con voluntad política de los pueblos de esas islas para preservar su cultura o identidad. En vez, los Estados Unidos tenían la voluntad política de amoldar las aspiraciones de los pueblos de esas islas debido a la amenaza, durante la Guerra Fría, de la Naval de 600 barcos de la Unión Soviética en el océano más grande del mundo.

El Embajador Fred Zeder, que firmó los pactos con las islas del Pacífico a nombre de los Estados Unidos y logró la aprobación del Congreso en todos los tratados, ha indicado que considera que los Estados Unidos nunca irán tan lejos como lo hicieron durante la Guerra Fría para lograr descolonización. Su raciocinio es que sólo la amenaza soviética y el valor estratégico de las islas en esos momentos crearon un vínculo entre la resolución del status político y la seguridad nacional de los Estados Unidos lo suficientemente fuerte como para generar la voluntad política necesaria para lograr apoyo a la fórmula de asociación libre.

La predicción de Zeder parece partir del hecho que el Departamento de Estado está proponiendo recudir el apoyo financiero a los estados libremente asociados en el Pacífico ahora que ha expirado el primer plazo de 15 años de las provisiones financieras en sus pactos con los Estados Unidos. El Departamento de Estado también está proponiendo poner fin a los viajes sin restricciones a los Estados Unidos de personas que intentan obtener la ciudadanía de los Estados Unidos, requiriendo que tales personas obtengan primero una visa de inmigrantes igual que cualquier persona elegible proveniente de otras naciones que tiene la intención de solicitar su naturalización.

Esta reducción en el compromiso de los Estados Unidos de mantener la asociación libre está siendo propuesta por los negociadores del Departamento de Estado de los Estados Unidos a pesar de que los Estados Unidos todavían tienen intereses estratégicos vitales en esas naciones islas con las que se han suscrito los pactos. Por ejemplo, el campo de misiles de Kwajalein en las islas Marshall sigue siendo la instalación más importante para el programa de desarrollo de misiles de defensa.

Los estados con libre asociación en el Pacífico se enfrentan a serias alteraciones de los pactos que definen su status, que podrían hacer que la asociación libre se convierta en una etapa de transición a la independencia sin asociación. Sólo si el Congreso decide que adjudicar más fondos discrecionarios y mantener algunos privilegios limitados de viaje son necesarios para mantener los intereses estratégicos de los Estados Unidos, podría permanece viable la libre asociación existente.

En contraste con los contínuos intereses estratégicos de los Estados Unidos en los estados asociados del Pacífico, el programa estratégico de los Estados Unidos de las bases militares en Puerto Rico parece estar dirigido hacia una fase de desmantelamiento. Los que hablan de negociaciones de libre asociación para Puerto Rico necesitan explicar cómo el rechazo del uso de Vieques y el retiro de otras comandancias militares de los Estados Unidos en Puerto Rico estimularán la voluntad política en el Congreso para conceder a Puerto Rico términos favorables de separación de los Estados Unidos.

En el caso de las negociaciones actuales de asociación libre con los estados del Pacífico, si las partes que integran los pactos de asociación existente no llegan a un acuerdo sobre los términos de su renvoación y extensión entonces la asociación libre continuará sin apoyo financiero. Por supuesto, todo el asunto de status de asociación libre y relación puede ser unilateralmente terminada a voluntad de cualquiera de las partes, y podría suceder más temprano que tarde sin apoyo financiero.

Eso es lo que significa la asociación libre, es algo mutuamente acordado mientras sea útil para los intereses mutuos. Sin ese distintivo de terminación sería colonial. En el verdadero sentido, la asociación libre se basa estrictamente en voluntad política, sin status legal que comprometa a nada más allá de los términos mutuamente acordados.

También amerita notar que aun cuando las islas del Pacífico que se unieron mediante pactos de libre asociación con los Estados Unidos son de vital importancia para los programas estratégicos, los Estados Unidos rechazaron la asociación libre con unión permanente o ciudadanía de los Estados Unidos. Los que hacen notar que las islas del Pacífico que optaron por asociación libre nunca contaron con ciudadanía de los Estados Unidos tienen que recordar que los residentes de la Manconumidad de las Filipinas tenían nacionalidad de los Estados Unidos que perdieron en la transición hacia una soberanía nacional separada.

Si se pierde la nacionalidad, toda forma de ciudadanía estatutaria se pierde con ella. Por ende, el precedente de las Filipinas es consistente con el modelo de asociación libre de las repúblicas asociadas del Pacífico, particularmente en el rechazo de la noción que unión política y nacionalidad establecida durante el gobierno territorial puede sobrevivir la sucesión hacia una soberanía separada.

La lección radica en que la voluntad política y la política estatutaria simplemente no asegura un status constitucional permanente.

PREGUNTA:

¿Se debe la falta de acción del Congreso en torno al status de Puerto Rico al hecho que los puertorriqueños no han llegado a Washington expresándose con "una sóla voz"?

RESPUESTA:

Considero que el Congreso aprobará legislación estipulando los términos para la puesta en práctica de cualquier status constitucionalmente válido que aprueben los votantes en Puerto Rico. Mientras más numerosa sea la mayoría, en mi punto de vista, más rápida será la aprobación de la transición hacia el nuevo status.

En 1994 los puertorriqueños se expresaron con una voz al solicitar al Congreso que aprobaran una definición del Estado Libre Asociado que logró pluralidad en la votación de 1993, o que se definieran opciones constitucionalmente válidas que estuvieran dispuestos a considerar. El Congreso no actuó hasta 1998, cuando la Cámara de Representantes aprobó el Proyecto de Ley Young.

El Partido Popular local se opuso al Proyecto de Ley Young después que la Cámara rechazó su propuesta definición de esa opción en un voto bipartidista en el Comité y en la aprobación final en el emiciclo de la Cámara de Representantes. Debido a que el Proyecto de Ley definió con exactitud el Estado Libre Asociado, fue atacado por el Partido Popular Democrático en el Senado como un proyecto promoviendo la estadidad. Si el decir la verdad sobre el Estado Libre Asociado se interpreta como favorable para la estadidad o la independencia, eso debería ser indicio de algo.

El Congreso necesita definir las opciones de status que considera son legalmente válidas y consistentes con los intereses nacionales, de modo que los votantes en Puerto Rico puedan actuar en favor de sus propios intereses al elegir un status que el Congreso esté dispuesto a ejecutar. Considero que cuando el Congreso haga su trabajo, los votantes de Puerto Rico harán también el suyo.

Sin embargo, no resuelve el dilema del status para Puerto Rico si 100% de los votantes en un proceso local aprueban una propuesta de status que es anti-constitucional. Si se genera un "consenso" en favor de una propuesta desarrollada por una "asamblea de votantes" localmente controlada, que simplemente repite la vieja fórmula del "Estado Libre Asociado mejorado", eso sólo retardaría, en vez de avanzar, la resolución del status.

Entre 1987 y 1997, Guam puso fin al enfoque de "consenso", intentando avergonzar al Congreso para que aceptara la voluntad del pueblo en favor de una fórmula muy parecida al Estado Libre Asociado. El Congreso ignoró las propuestas de mancomunidad de Guam durante diez años y luego Guam finalmente hizo avergonzar lo suficiente al Congreso celebrando audiencias sobre la propuesta que el gobierno de Clinton rechazó indicando que la propuesta de Guam era anti-constitucional. La idea de lograr forjar un consenso local tras una fórmula de status anti-constitucional sólo provocó demoras para Guam, tal como pasará con Puerto Rico.

Tal vez ese es el objetivo de los que insisten en que Puerto Rico puede y debe definir unilateralmente su futuro status político y presentarle esa definición al Congreso. La fórmula del "Estado Libre Asociado mejorado" ha sido presentada al Congreso en varias oportunidades desde 1952, incluso durante la Guerra Fría, cuando habría sido mucho más fácil captar simpatías para el dilema de status de Puerto Rico, pero el Congreso nunca reconoció su validez legal, mucho menos la aprobó.

El status final de Puerto Rico como pueblo no territorial, no colonial y auto-gobernado, no se logrará por consenso local en apoyo a una fórmula de status que el Congreso no aceptará. En vez, el status de Puerto Rico se resolverá con base a la aprobación de una mayoría, en un referendum en toda la isla, de una opción que el Congreso haya determinado que es consistente con la Constitución de los Estados Unidos y esté dipuesto a ejecutar. El gobierno por mayoría a través de un referendum de toda la isla, con el endoso federal, así como las leyes locales, es precisamente la manera en que se estableció el actual Estado Libre Asociado.

Con toda probabilidad, esa es precisamente la manera en que se resolverá el status de Puerto Rico. Acciones locales unilaterales, basadas en un "consenso" de líderes partidistas actuando en el vacío político de una asamblea constituyente local, no generarán el resultado deseado. En vez, la Asamblea Legislativa debidamente constituida y el Gobernador, como Jefe Ejecutivo del gobierno local constitucional, necesitan realizar la seria labor de designación de un proceso de auto-determinación bajo las leyes federales y las locales.

Sólo entonces podrá el pueblo estar en libertad de expresar sus deseos con una voz que, tanto las autoridades locales como las federales, estarán en posición de escuchar.

FIN DE LA PARTE III

* * *

En su totalidad, la entrevista de Dick Thornburgh con Lina Younes es un repaso abarcador de la relación que existe entre el gobierno local de Puerto Rico y el Congreso de los Estados Unidos. Su lectura es esencial para todo el que desea entender los antecedentes del establecimiento de la Constitución de Puerto Rico, cuya ejecución 50 años atrás confirió a la isla un gobierno democráticamente electo pero no, según Thornburgh, cambió su relación territorial y esencialmente colonial con los Estados Unidos de América. La entrevista pone en el contexto de la Constitución de los Estados Unidos las alegaciones de los autonomistas que Puerto Rico no es un territorio no-incorporado de los Estados Unidos sino una entidad soberana. Los lectores del Herald pueden obtener las Partes I & II de esta entrevista activando a continuación, según se indica.

El texto de la Parte I de la entrevista con Dick Thornburgh puede obtenerse activando aquí.

El texto de la Parte II de la entrevista con Dick Thornburgh puede obtenerse activando aquí.

Se pueden obtener textos de sus presentaciones a grupos en las universidades de Harvard y Yale, así como comités del Congreso de los Estados Unidos, activando aquí.

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